Martes, Mayo 26, 2026
Temuco

Corte de Temuco confirma condena a ex fiscal militar por apremios ilegítimos con resultado de muerte

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En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la condena contra el exfiscal militar ad-hoc Óscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud, por su responsabilidad en el delito de apremios ilegítimos con resultado de muerte del estudiante Santiago Omar Faúndez Bustos, ilícito de lesa humanidad cometido en noviembre de 1973 al interior del Regimiento Tucapel de Temuco.

El tribunal de alzada ratificó la sentencia dictada por el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre, disponiendo que la pena de cinco años de presidio impuesta a Podlech sea cumplida bajo la modalidad de reclusión domiciliaria total, con monitoreo telemático.

En el ámbito civil, la Corte también confirmó la sentencia que condenó al Fisco de Chile a indemnizar a los hermanos de la víctima, aunque rebajó el monto compensatorio por concepto de daño moral a $100 millones y eximió al Estado del pago de costas procesales.

Los hechos acreditados

Según lo establecido en la investigación encabezada por el ministro Mesa Latorre, tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973, las Fuerzas Armadas y de Orden tomaron el control de la ciudad de Temuco. En ese contexto, el abogado Óscar Podlech, quien era teniente de reserva del Ejército, fue convocado a colaborar con el nuevo régimen y se presentó en el Regimiento Tucapel, donde asumió funciones como asesor jurídico y fiscal militar ad-hoc.

Con el paso de los días, y ante la gran cantidad de detenidos civiles, Podlech asumió de hecho el rol de fiscal militar, participando en interrogatorios y determinando el destino de los prisioneros. Según el fallo, los testimonios y documentos analizados acreditan que el exfiscal tuvo conocimiento directo de las detenciones, torturas y muertes ocurridas en el recinto, sin haber denunciado los hechos a sus superiores.

El estudiante universitario Santiago Omar Faúndez Bustos, de 23 años y militante socialista, fue detenido el 27 de noviembre de 1973 y trasladado al Regimiento Tucapel. Diversos testigos lo vieron en el lugar en deplorables condiciones físicas, producto de sesiones de tortura. Tres días después, su cuerpo fue encontrado en la morgue del Hospital Regional de Temuco.

El protocolo de autopsia determinó que la causa de muerte fue sofocación provocada por un shock convulsivo, derivado del uso de corriente eléctrica aplicada en su cuerpo, estableciendo así que la víctima fue torturada al interior del recinto militar.

Responsabilidad y fallo

La investigación permitió establecer que Podlech, en su calidad de fiscal militar ad-hoc, tuvo un rol activo en los interrogatorios y decisiones sobre los detenidos, y que no adoptó ninguna medida para evitar los abusos ni denunció los crímenes a las autoridades competentes.

Por ello, el tribunal lo declaró autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de muerte, calificándolo como ilícito de lesa humanidad, al haber sido cometido por agentes del Estado en un contexto de represión política.

Con esta resolución, la Corte de Apelaciones de Temuco ratifica una nueva condena en el marco de las causas por violaciones a los derechos humanos ocurridas en la región durante la dictadura militar.