Arrendatarios morosos deberán hacerse cargo de deudas por servicios básicos
![]()
La senadora Carmen Gloria Aravena presentó un proyecto de ley que establece con claridad que quien debe contratar los servicios básicos y debe pagarlos es el arrendatario.
Prácticamente a diario vemos en la prensa nacional diversos casos en donde el sueño de la casa propia se vuelve una pesadilla. En Chile se estima que cerca de 60 mil arrendatarios se ven afectados por el no pago de sus rentas.
Por si fuera poco, estos chilenos que, con mucho esfuerzo, han adquirido una vivienda para arrendarla y generar un ingreso, han debido hacerse cargo de deudas millonarias por el no pago de las cuentas de luz, gas y agua.
Con el objetivo de hacerse cargo de esta realidad, la senadora (independiente), Carmen Gloria Aravena, presentó un proyecto de ley que busca modificar la ley 18.101 agregando un artículo que establece con claridad que quien debe contratar los servicios básicos y debe pagarlos es el arrendatario.
“Hemos visto que en el derecho chileno no existen normas que se refieran expresamente a quién está obligado al pago de los servicios básicos en un contrato de arriendo de inmueble. Por esta razón hemos presentado este proyecto, que junto a otras iniciativas busca hacerse cargo de una gran problemática en Chile, en donde hoy existen alrededor de 15 mil juicios de arrendamientos por no pago”, sostuvo.
La parlamentaria añadió que “el nuevo artículo 6° bis establece que: El arrendatario es quien deberá contratar a su nombre los servicios básicos de agua, luz y gas, debiendo ser el responsable de pagar por el consumo de estos. Para acreditar la calidad de arrendatario y solicitar la contratación de los respectivos servicios básicos, al arrendatario le bastará con mostrar copia simple del contrato de arriendo o una autorización por escrito del dueño del inmueble”.

