Corte de Apelaciones de Temuco rechaza recursos de nulidad en caso de robo con homicidio en Lautaro
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En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó los recursos de nulidad presentados contra la sentencia que condenó a Juan Pascual Escobar Vejar a presidio perpetuo calificado, y a Maribel Olaya Reyes Fierro y Sebastián Alejandro Ríos Reyes a presidio perpetuo simple, por el delito consumado de robo con homicidio perpetrado en febrero de 2022 en la comuna de Lautaro.
La corte, en su resolución (causa rol 856-2024), desestimó cualquier error de derecho en la sentencia original dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. Según el fallo, no se encontró ninguna contravención formal a la ley ni una interpretación errónea de las normas relevantes que influenciara sustancialmente la decisión.
La sentencia ratificada detalló que, alrededor de las 22 horas del 18 de febrero de 2022, la víctima, después de haber sido contactada por la condenada Reyes Fierro a través de la aplicación Tinder y luego por Whatsapp, fue agredida por los tres condenados. Posteriormente, la víctima fue llevada a una sucursal de BancoEstado en Lautaro, donde Reyes Fierro realizó un retiro de $200,000 utilizando la clave de la víctima. Al día siguiente, realizó otra extracción en la misma sucursal.
Tras obtener el dinero, los condenados regresaron al punto de encuentro inicial y continuaron golpeando a la víctima, causándole la muerte por un traumatismo encéfalo craneano (TEC) cerrado. El cuerpo de la víctima fue dejado en el maletero del vehículo, que fue abandonado posteriormente. El cadáver fue descubierto semidesnudo a las 06:40 horas del 19 de febrero de 2022.
Luego del homicidio, los sentenciados utilizaron las tarjetas de la víctima para realizar compras en diversos centros comerciales de Lautaro y Temuco.
La corte concluyó que los recursos de nulidad no prosperarían, ya que no se omitieron los requisitos del artículo 342 del Código Procesal Penal en la sentencia original y no hubo una valoración incorrecta de los medios de prueba. Por lo tanto, se rechazaron los recursos de nulidad presentados por las defensas de los condenados, manteniendo firme la sentencia dictada el 10 de abril de 2024 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco.
Este fallo reafirma las condenas y la gravedad del delito, destacando el cuidado y rigor con el que los tribunales han abordado el caso para asegurar que se haga justicia en un crimen tan atroz.

