Miércoles, Mayo 21, 2025
Temuco

Corte de Temuco confirma condena a oficial de Carabineros por apremios ilegítimos con lesiones graves

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En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de apelación subsidiario presentado contra la sentencia que condenó al oficial de Carabineros Manuel Alejandro Martínez López a 5 años de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva por el mismo periodo, por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. El ilícito fue perpetrado en octubre de 2019, en la comuna de Temuco.

La corte, en la causa rol 801-2024, desestimó cualquier error en la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, que había condenado a Martínez López sin concederle abonos por el tiempo de privación de libertad previo. El fallo argumentó que abonar dicho tiempo a una sanción que se cumple en libertad desvirtúa los fines de resocialización de la pena.

El tribunal sostuvo que “abonar el tiempo de privación de libertad a una sanción que ha de cumplirse en libertad desvirtúa los fines de resocialización que aquella persigue”. Además, destacó que la pena sustitutiva no puede ser concebida dentro del concepto de pena temporal en los términos revisados.

El fallo reafirmó lo sostenido en las sentencias citadas por la parte querellante de la Corte Suprema en 2020, donde se determinó que en caso de revocación de la pena sustitutiva, el condenado deberá cumplir la pena privativa de libertad impuesta, abonándose el tiempo bajo medida cautelar personal que restringió su libertad.

El tribunal resolvió: “Se CONFIRMA lo resuelto en la sentencia dictada el 16 de enero de 2024 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco en el RIT 222-2023, RUC N° 1901134991-1, que indica que si la pena sustitutiva fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva y los días que permaneció bajo arresto domiciliario”.

El fallo de primera instancia ratificado estableció que, en la tarde del 19 de octubre de 2019, la víctima participaba en una manifestación en la intersección de avenida Caupolicán con calle Manuel Montt, en Temuco. En ese contexto, el entonces mayor Martínez López, comisario de la Primera Comisaría de Fuerzas Especiales de Carabineros de Temuco, disparó directamente a la víctima con una escopeta antimotines sin justificación. La víctima sufrió un traumatismo ocular grave en el ojo derecho, causado por el impacto de una posta de 8 milímetros, resultando en la pérdida de visión del ojo impactado. La víctima estuvo hospitalizada 15 días y requirió dos intervenciones quirúrgicas.

Este fallo confirma la responsabilidad del oficial de Carabineros y subraya la importancia de la rendición de cuentas en casos de violencia policial, asegurando que se haga justicia para la víctima y se mantengan los principios de legalidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza.