Viernes, Abril 19, 2024
La Araucania

Pymes sobreendeudadas pueden solucionar sus problemas con desconocida ley

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Incluso conseguir hasta 90 días de suspensión de juicios pendientes. En época de crisis revisa más detalles en la siguiente nota: 

La Asociación Gremial de Dueños de Restaurantes (AGRA) de Temuco presentaron un petitorio al gobierno en el que se refieren a la crisis que enfrenta el sector, ya que como se mantienen en cuarentena (Fase 1) no pueden operar y abrir sus puertas a clientes, consignan medios locales. 

Una de sus demandas es que se les autorice a operar durante la Fase 2 del Plan Paso a Paso del gobierno, sin embargo, en esta etapa tampoco está permitido la atención al público en restaurantes. 

Cuando existe incertidumbre y problemas financieros encontrar una salida parece imposible, pero hay una ley que puede ayudar a tu negocio y que pocos conocen. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber del Estatuto Pyme (Ley 20.416), normativa para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas. 

1-Es para empresas sobreendeudadas: “esta ley está dirigida a empresas insolventes, es decir que con los ingresos no pueden cubrir las deudas, o para pymes que en un futuro cercano se encuentren en esta situación”, señala Mario Espinosa, abogado de Salvatupyme.cl.    

Para esta ley se encuentran en estado de insolvencia si se está en imposibilidad de pagar una o más de sus obligaciones financieras. 

2-Permite contar con un asesor económico de insolvencia: al acogerse a esta normativa un asesor económico de insolvencia hará un completo análisis de la situación económica, financiera y contable de la pyme y buscará la mejor solución para cada caso.  

El asesor es aquella persona jurídica o natural designada por Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) o elegida directamente por la persona interesada.   

3-Obtendrás un certificado: este documento permitirá que por un periodo de hasta 90 días se suspendan ciertas acciones judiciales contra la pyme, de esta manera le dará un periodo de tranquilidad, por ejemplo, frente a solicitudes de embargo o quiebra forzosa.   

4-Existen dos caminos: de acuerdo a la situación en que se encuentra la empresa podrá estudiarse la posibilidad de que siga adelante y que se someta a una Reorganización si es viable. En caso contrario, si no es posible que siga operando y debe cerrar sus puertas, y a través del procedimiento de Liquidación Voluntaria (quiebra) se le podrá dar un cierre ordenado y en el futuro existirá la opción de reemprender.