{"id":52522,"date":"2024-09-15T22:08:27","date_gmt":"2024-09-16T01:08:27","guid":{"rendered":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/?p=52522"},"modified":"2024-09-15T22:08:28","modified_gmt":"2024-09-16T01:08:28","slug":"la-direccion-regional-del-trabajo-en-la-araucania-fiscalizara-en-diferentes-comunas-el-cumplimiento-del-feriado-obligatorio-e-irrenunciable-de-fiestas-patrias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/2024\/09\/15\/la-direccion-regional-del-trabajo-en-la-araucania-fiscalizara-en-diferentes-comunas-el-cumplimiento-del-feriado-obligatorio-e-irrenunciable-de-fiestas-patrias\/","title":{"rendered":"La Direcci\u00f3n Regional del Trabajo en La Araucan\u00eda fiscalizar\u00e1 en diferentes comunas el cumplimiento del Feriado obligatorio e irrenunciable de Fiestas Patrias"},"content":{"rendered":"<div class=\"pvc_clear\"><\/div><p id=\"pvc_stats_52522\" class=\"pvc_stats total_only  \" data-element-id=\"52522\" style=\"\"><i class=\"pvc-stats-icon large\" aria-hidden=\"true\"><svg aria-hidden=\"true\" focusable=\"false\" data-prefix=\"far\" data-icon=\"chart-bar\" role=\"img\" xmlns=\"http:\/\/www.w3.org\/2000\/svg\" viewBox=\"0 0 512 512\" class=\"svg-inline--fa fa-chart-bar fa-w-16 fa-2x\"><path fill=\"currentColor\" d=\"M396.8 352h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V108.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v230.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm-192 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V140.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v198.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm96 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V204.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v134.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zM496 400H48V80c0-8.84-7.16-16-16-16H16C7.16 64 0 71.16 0 80v336c0 17.67 14.33 32 32 32h464c8.84 0 16-7.16 16-16v-16c0-8.84-7.16-16-16-16zm-387.2-48h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8v-70.4c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v70.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8z\" class=\"\"><\/path><\/svg><\/i> <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"16\" height=\"16\" alt=\"Loading\" src=\"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-content\/plugins\/page-views-count\/ajax-loader-2x.gif\" border=0 \/><\/p><div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n<p><strong>Las fiscalizaciones se realizar\u00e1n los d\u00edas mi\u00e9rcoles 18 y jueves 19 de septiembre de 2024 en todas las regiones del pa\u00eds. En total, se realizar\u00e1n 186 fiscalizaciones programadas, m\u00e1s las que respondan a denuncias.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En el sitio web institucional se habilitar\u00e1 una secci\u00f3n para el ingreso de denuncias por parte de los usuarios y usuarias y con informaci\u00f3n de la normativa vigente.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El feriado obligatorio e irrenunciable del 18 y 19 de septiembre se\u00f1ala que las y los trabajadores del comercio tendr\u00e1n que estar fuera de su lugar de trabajo a las 21:00 horas del martes 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del viernes 20 de septiembre. La excepci\u00f3n horaria aplica para aquellos dependientes que laboren en turnos rotativos de trabajo, caso en el cual estos podr\u00edan prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del d\u00eda 17 de septiembre o entre 00:00 y las 06:00 del d\u00eda 20 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<p>Son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al p\u00fablico de las mercader\u00edas o productos que en ellos se ofrecen.<\/p>\n\n\n\n<p>Se except\u00faan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempe\u00f1an en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espect\u00e1culos en vivo, discotecas, pub, cabaret; locales comerciales en los aer\u00f3dromos civiles p\u00fablicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tambi\u00e9n deben trabajar los dependientes de las llamadas &#8220;tiendas de conveniencia&#8221; adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados all\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La SEREMI de Trabajo y Previsi\u00f3n Social Claudia Tapia de la Pe\u00f1a<\/strong>&nbsp;coment\u00f3:&nbsp;\u201cDecirles que como Gobierno hemos estado empe\u00f1ados en generar un plan integrado para estas Fiestas Patrias que adem\u00e1s son XL, son hartos d\u00edas y a nosotros desde la institucionalidad nos corresponde velar por la relaci\u00f3n laboral de los trabajadores y que estos tengan la seguridad y salud laboral como corresponde, que puedan gozar de estos feriados irrenunciables, adem\u00e1s de tener su resguardo a aquellos que trabajan vinculados a las fondas o a los espacios de entretenimiento, recordarles que este 18 y 19 son feriados irrenunciables para aquellos asociados al comercio, solo esperar que podamos celebrar unas fiestas patrias con seguridad y que las y los trabajadores de La Araucan\u00eda puedan descansar y estar con sus familias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La directora regional del Trabajo, Carolina Ojeda<\/strong>&nbsp;se\u00f1al\u00f3, vamos a velar este 18 de septiembre porque se cumpla el feriado obligatorio e irrenunciable, este es un feriado muy importante porque hay muy pocos en el pa\u00eds para los y las trabajadoras del comercio y como sabemos que es una norma muy importante, hemos realizado una serie de difusiones a lo largo&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>de la regi\u00f3n. Igualmente les recordamos que nuestros canales de denuncias est\u00e1n operativos, la l\u00ednea 6004504000 por un lado y adem\u00e1s nuestra p\u00e1gina web&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.dt.gob.cl\/\">www.dt.gob.cl<\/a>&nbsp;. por lo que le hacemos un llamado a las y los empleadores a dar cumplimiento cabal a la norma y por cierto las y los trabajadores, las organizaciones sindicales el llamado es a denunciar en caso de que existan incumplimientos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Eduardo Silva Secretario General CUT Caut\u00edn<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLo primero es informar que el trabajo que hoy d\u00eda estamos haciendo distintas organizaciones sindicales junto a las autoridades para que las y los trabajadores tengan la informaci\u00f3n y exijan su derecho, hacemos un llamado a los trabajadores a denunciar cuando no se est\u00e9 cumpliendo la normativa especialmente en lo referente a feriado irrenunciable\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Respecto del feriado bianual, informamos:&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como compensaci\u00f3n, desde mayo de 2016 est\u00e1 vigente una norma que se\u00f1ala que los trabajadores que est\u00e9n exceptuados del feriado s\u00ed tendr\u00e1n derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos a\u00f1os si contin\u00faan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con \u00e9l la rotaci\u00f3n del personal necesaria para este fin. (Inc. 2\u00b0, Art. 2. Ley 19.973). Por ejemplo, si un trabajador del comercio labor\u00f3 el 18 y 19 de septiembre del 2023 y contin\u00faa trabajando para el mismo empleador, esta vez deber\u00e1 descansar.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para cada uno de los cinco feriados de este tipo en el a\u00f1o (adem\u00e1s de \u00e9ste, tambi\u00e9n lo son el 1 de enero, 1 de mayo y 25 de diciembre) las autoridades llaman a los empleadores a precaver infracciones a este descanso bianual alternado, organizando sus turnos con antelaci\u00f3n, suscribiendo el respectivo pacto.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por ejemplo, si tomamos este 18 y 19 de septiembre como base, el empleador de un restaurante deber\u00eda atender esta vez con un grupo de sus trabajadores, reservando a otro grupo para que atienda el 18 y 19 de septiembre de 2025. Ello, porque los que atiendan ahora descansar\u00e1n el pr\u00f3ximo 18 y 19 de septiembre.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Estos cinco feriados solo tocan a los trabajadores del comercio, no al resto de los trabajadores. La mayor\u00eda de estos \u00faltimos descansa en estos feriados, pero hay casos en que por turnos algunos deben trabajar en feriados. Estos casos no son tocados por los feriados del comercio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>INFRACCIONES Y SANCIONES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las infracciones por incumplimiento de feriados obligatorios e irrenunciables del comercio que ser\u00e1n fiscalizadas recibir\u00e1n las siguientes sanciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>NO CONCEDER EL FERIADO OBLIGATORIO E IRRENUNCIABLE:&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones ser\u00e1n sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($331.810 al mes de septiembre de 2024) hasta 20 UTM ($1.327.240 al mes de septiembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 200 y m\u00e1s trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajadores sorprendidos en infracci\u00f3n deber\u00e1n cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante se\u00f1alar que los locales comerciales atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relaci\u00f3n laboral en este caso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>NO CUMPLIR CON EL FERIADO BIANUAL:&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no otorgar este descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del a\u00f1o anterior, las multas van desde las 5 UTM ($331.810 al mes de septiembre de 2024) hasta 20 UTM ($1.327.240 al mes de septiembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 De 200 y m\u00e1s trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>FERIADO VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por caer este a\u00f1o los feriados del 18 y 19 de septiembre en mi\u00e9rcoles y jueves, el viernes 20 de septiembre ser\u00e1 feriado legal. Para todos los efectos, en este feriado adicional primar\u00e1 la norma general del art. 35 del C\u00f3digo del Trabajo (permite trabajar en las actividades legalmente autorizadas para ello).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Al no ser un feriado obligatorio e irrenunciable del comercio, malls, supermercados, strip center y todo otro tipo de comercio s\u00ed podr\u00e1n abrir durante ese d\u00eda viernes 20 con los trabajadores y trabajadoras que conforme a sus contratos y sistemas de turnos les corresponda laborar.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajadores y trabajadoras del comercio que s\u00ed podr\u00e1n laborar el viernes 20 son aquellos cuya distribuci\u00f3n de jornada sea de lunes a domingo y que esta vez est\u00e9n considerados en mallas de turnos elaboradas y notificadas con la debida antelaci\u00f3n. Seg\u00fan el art. 38 del C\u00f3digo del Trabajo, estos trabajadores y trabajadoras deber\u00e1n gozar de un d\u00eda de descanso posterior a este feriado o bien recibir el pago como horas extraordinarias de las horas trabajadas en esa jornada, con un recargo del 50 por ciento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En cambio, no est\u00e1n obligados a trabajar el viernes 20 de septiembre los trabajadores y trabajadoras del comercio cuyos contratos establezcan una distribuci\u00f3n de jornada de lunes a viernes o de lunes a s\u00e1bado. Opcionalmente, pueden aceptar trabajar ese d\u00eda viernes 20 si el empleador dise\u00f1a con antelaci\u00f3n una malla de turnos. La retribuci\u00f3n por laborar ese d\u00eda es la misma mencionada en el p\u00e1rrafo anterior.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Las infracciones al feriado del viernes 20 tienen una multa que fluct\u00faa entre las 3 ($199.086 al valor de septiembre de 2024) y las 60 ($3.981.720) UTM por infracci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>NOTA 1: las infracciones por no compensar o no pagar horas extras ser\u00e1n aplicables en octubre.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>NOTA 2: el valor de la UTM en septiembre de 2024 es de $66.362.<\/p>\n\n\n\n<p>Resultado de programa nacional de Fiestas Patrias 2023:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Entre los d\u00edas 18 y 19 de septiembre de 2023 se realiz\u00f3 un programa nacional de fiscalizaci\u00f3n del feriado obligatorio e irrenunciable del comercio.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Se efectuaron 20, 5 de las cuales terminaron con multas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Se aplicaron sanciones por 40 UTM.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Se suspendi\u00f3 el turno indebido de 9.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n<p id=\"pvc_stats_52522\" class=\"pvc_stats total_only  \" data-element-id=\"52522\" style=\"\"><i class=\"pvc-stats-icon large\" aria-hidden=\"true\"><svg aria-hidden=\"true\" focusable=\"false\" data-prefix=\"far\" data-icon=\"chart-bar\" role=\"img\" xmlns=\"http:\/\/www.w3.org\/2000\/svg\" viewBox=\"0 0 512 512\" class=\"svg-inline--fa fa-chart-bar fa-w-16 fa-2x\"><path fill=\"currentColor\" d=\"M396.8 352h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V108.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v230.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm-192 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V140.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v198.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm96 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V204.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v134.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zM496 400H48V80c0-8.84-7.16-16-16-16H16C7.16 64 0 71.16 0 80v336c0 17.67 14.33 32 32 32h464c8.84 0 16-7.16 16-16v-16c0-8.84-7.16-16-16-16zm-387.2-48h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8v-70.4c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v70.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8z\" class=\"\"><\/path><\/svg><\/i> <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"16\" height=\"16\" alt=\"Loading\" src=\"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-content\/plugins\/page-views-count\/ajax-loader-2x.gif\" border=0 \/><\/p>\n<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n<p>Las fiscalizaciones se realizar\u00e1n los d\u00edas mi\u00e9rcoles 18 y jueves 19 de septiembre de 2024 en todas las regiones del<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":52523,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[15],"tags":[1869],"class_list":["post-52522","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-la-araucania","tag-feriados"],"a3_pvc":{"activated":true,"total_views":1734,"today_views":0},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52522","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52522"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52522\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":52524,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52522\/revisions\/52524"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/52523"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52522"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52522"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/temucotelevision.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52522"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}